Reclamación daño emergente en Sedella

¿No ha podido desarrollar su actividad durante un periodo de tiempo por daños producidos en un bien? Confía en nuestra empresa para la reclamación del daño emergente.


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¿Sabría estimar el coste de reparación de un bien?

En nuestra empresa somos expertos en valoración de daño emergente. Entendemos que, para reclamar el beneficio dejado de obtener, es necesario realizar una valoración objetiva y profesional del objeto el cual ha sufrido daño causado por alguien ajeno a la actividad económica.

¿Qué le ofrecemos?

Lo que nos hace diferentes y por lo que destacamos

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Preguntas frecuentes

El daño emergente recibe la definición como el valor del bien que ha sufrido un estropicio por el que una empresa ha cesado su actividad por un tiempo concreto. El valor del daño emergente es igual al valor de reforma de dicho bien.
Cómo ya hemos comentado antes, el daño emergente es la cuantificación del objeto que ha sufrido un daño por la parte de una persona ajena a la actividad económica y su valor será el coste de subsanación. Podemos decir que siempre que el daño sea ocasionado por motivo de alguien ajeno al negocio, y toda vez que exista un daño real, podrá demandar el valor de dicha reparación por medio de la valoración de daño emergente.
Pese a que el lucro cesante y el daño emergente están enormemente relacionados, no depende siempre el uno del otro. Muchas veces, se puede generar daño emergente sin que se padezca lucro cesante o bien a la inversa. Poniendo un ejemplo sencillo. Si un taxista no puede desempeñar su actividad a causa de una persona ajena pero el taxi no se ve afectado, se produce lucro cesante ya que el taxista no puede realizar su negocio. En cambio, si el taxi si ha sufrido un daño, estamos ante una situación de daño emergente.
Para realizar este trabajo, usted va a deber aportar documentación contable y económica de al menos los últimos meses de actividad de la empresa, como son los ingresos, gastos o facturas de los últimos 3 meses, para desarrollar la valoración efectuar la cuantificación de forma real, objetiva y profesional de la perdida de beneficio producida por no poder ejercer la actividad económica de la empresa.