Reclamación daño emergente en Burriana

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En Perytas somos expertos en valoración de daño emergente. Entendemos que, para reclamar el beneficio dejado de obtener, es necesario realizar una valoración objetiva y profesional del objeto el cual ha sufrido daño causado por alguien ajeno a la actividad económica.

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Preguntas frecuentes

El daño emergente se define como el valor que tiene el bien que ha sufrido un percance por el que una empresa ha cesado su actividad por un tiempo concreto. El valor del daño emergente es igual al valor de arreglo de dicho bien.
Cómo ya hemos comentado antes, el daño emergente es la cuantificación del objeto sobre el que se ha producido un daño por parte de un tercero y su valor será el costo de subsanación. Podemos decir que toda vez que el daño sea ocasionado por la acción de alguien extraño al negocio, y toda vez que exista un daño real, va a poder reclamar el importe de esta reparación por medio de la valoración de daño emergente.
Pese a que el lucro cesante y el daño emergente están altamente relacionados, no depende siempre y en toda circunstancia el uno del otro. Muy frecuentemente, se puede generar daño emergente sin que se padezca lucro cesante o bien a la inversa. Pongamos un simple ejemplo. Si un taxista no puede realizar su actividad por causa de una persona ajena pero el taxi no se ve afectado, se produce lucro cesante ya que el taxista no puede llevar a cabo su negocio. En cambio, si el taxi si ha sufrido daño, estamos ante la situación de daño emergente.
Para efectuar este trabajo, deberá aportar información contable y económica de al menos los últimos meses de actividad de la compañía, como son los ingresos, gastos o facturas de los últimos 3 meses, para desarrollar la valoración efectuar la cuantificación de forma real, objetiva y profesional de la perdida de beneficio producida por no poder ejercer la actividad económica de la sociedad.